Regulación
Reglamento Europeo de IA: qué se aplica a una pyme, y cuándo
Actualizado a 10 de octubre de 2026. El Reglamento Europeo de IA (Reglamento (UE) 2024/1689, modificado en julio de 2026) clasifica los usos por nivel de riesgo. Una pyme que utiliza herramientas de IA tiene hoy una obligación general: adoptar medidas para que sus equipos comprendan estas herramientas, sin un nivel que garantizar ni un certificado que obtener. Algunas prácticas están prohibidas desde febrero de 2025 y, desde agosto de 2026, hay que señalar los contenidos manipulados («deepfakes») que se difunden. La mayoría de los usos ofimáticos no conllevan ninguna otra obligación. Los usos de alto riesgo, como la criba de candidaturas, el acceso al crédito o la vigilancia de los empleados, tendrán obligaciones reforzadas a partir del 2 de diciembre de 2027 y merecen un examen específico antes de cualquier despliegue.
